Por: Iván Lipkies
Un nuevo episodio judicial favorece al ex gobernador de Tamaulipas, Tomás Yarrington Ruvalcaba. Un juez federal concedió un amparo que ordena a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda permitirle nuevamente el acceso a recursos que permanecían bloqueados desde 2019.
La resolución establece que la UIF deberá dejar sin efectos la inmovilización de las cuentas bancarias del ex mandatario, medida aplicada el 2 de diciembre de ese año. No obstante, el fallo también abre la posibilidad de que el congelamiento vuelva a imponerse si las autoridades acreditan ante la justicia federal que el bloqueo está vinculado con investigaciones internacionales.
Actualmente, Yarrington enfrenta diversos procesos penales. Permanece recluido en el Centro Federal de Readaptación Social número 1, conocido como Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México. En su contra se desarrolla una reposición de procedimiento por delitos contra la salud, además de dos juicios adicionales en los que se le señala por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La resolución fue publicada por el juez Ulises Oswaldo Rivera González en los listados del Poder Judicial de la Federación. En el documento se precisa que la protección de la justicia federal se concede para que la UIF deje sin efecto el bloqueo de las cuentas del ex gobernador, así como cualquier acto administrativo derivado de esa medida.
De acuerdo con el expediente judicial, el juzgador consideró fundados los argumentos presentados por la defensa de Yarrington. El ex funcionario sostuvo que la orden de congelamiento no estaba vinculada al cumplimiento de un compromiso internacional asumido por el Estado mexicano, condición que la ley exige para que la UIF pueda aplicar este tipo de medidas cautelares.
El juez recordó que una jurisprudencia emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2018 continúa vigente. En ella se establece que la facultad de la UIF para ordenar el bloqueo de cuentas solo puede ejercerse cuando esté relacionada con procedimientos derivados de compromisos internacionales en materia de combate al lavado de dinero.
En este caso, señaló el juzgador, la medida se sustentó en operaciones de carácter estrictamente nacional y no en una investigación internacional específica, lo que la vuelve contraria al principio de seguridad jurídica.
La decisión judicial no implica la cancelación de los procesos penales que enfrenta el ex gobernador, pero sí representa un revés para la estrategia financiera utilizada por las autoridades federales para limitar el acceso a sus recursos.










